Comisiones Obreras de Andalucía | 16 abril 2025.

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    CCOO industria de Almería celebra una importante sentencia del TSJ de Murcia que refuerza los derechos laborales de los trabajadores fijos-discontinuos y beneficia a los trabajadores de nuestra provincia.

      La resolución reconoce el derecho de estos empleados a incluir las cotizaciones por desempleo en el cálculo de sus prestaciones de incapacidad temporal

      01/10/2024.
      Camarera

      Camarera

      El sindicato provincial de Industria de CCOO Almería se congratula por la reciente sentencia emitida por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Murcia, que sienta un precedente favorable para los trabajadores fijos-discontinuos en la defensa de sus derechos laborales. Aunque la sentencia afecta directamente a un trabajador en la Región de Murcia, su impacto positivo se extiende a la provincia de Almería, donde según el último informe emitido por este sindicato, hace ya un año había casi 131.000 trabajadores con este tipo de contrato.

      La sentencia, resultado de un recurso de suplicación interpuesto por un trabajador contra una decisión anterior, reconoce su derecho a percibir una prestación de incapacidad temporal basada en una base reguladora más elevada que la inicialmente concedida. En concreto, el tribunal ha dictaminado que, para calcular la base reguladora de la prestación de incapacidad temporal de los trabajadores fijos-discontinuos, se deben incluir tanto las cotizaciones realizadas durante los periodos trabajados como las cotizaciones efectuadas por el SEPE en los periodos de inactividad.

      Este fallo supone un cambio sustancial, ya que establece que los trabajadores fijos-discontinuos no pueden ser penalizados por los periodos de inactividad en su cómputo de prestaciones, protegiendo así sus derechos económicos frente a situaciones de incapacidad temporal. El TSJ de Murcia ha revocado la sentencia inicial que negaba este derecho, ordenando que se recalculen las prestaciones conforme a una base reguladora de 29,46 euros al día, lo que permitirá al trabajador percibir una mayor compensación económica durante sus días de baja.

      Es por ello que, para el sindicato provincial, en nuestra provincia donde el régimen de trabajo fijo-discontinuo es predominante en sectores como la agricultura, el manipulado de productos hortofrutícolas, la hostelería y el turismo, esta sentencia es un hito importante. Los trabajadores de estos sectores suelen enfrentarse a períodos de inactividad obligados debido a la naturaleza estacional de sus empleos. Con esta resolución, se refuerza la protección social de este colectivo, asegurando que, en caso de incapacidad temporal, sus prestaciones no se vean mermadas por los meses en los que no han trabajado de manera continuada.

      Desde CCOO industria Almería, valoramos enormemente esta sentencia, ya que supone un avance hacia la justicia social y la igualdad de trato en el ámbito laboral. Con ella, se da un paso firme hacia la erradicación de las desigualdades que históricamente han afectado a los trabajadores fijos-discontinuos, quienes, a pesar de desempeñar un papel fundamental en la economía provincial, han visto sus derechos limitados en comparación con los trabajadores a tiempo completo.

      Finalmente. El sindicato recuerda que esta sentencia no solo afecta a los trabajadores fijos-discontinuos de Murcia, sino que también es un precedente relevante para los trabajadores de Almería, quienes, en muchos casos, han tenido que enfrentarse a situaciones similares al no contar con una regulación. clara que protege sus derechos en cuanto al cálculo de prestaciones. Es importante destacar que el fallo se alinea con la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que ya había señalado la necesidad de incluir las cotizaciones por desempleo en el cálculo de las bases reguladoras de las prestaciones.