Comisiones Obreras de Andalucía | 4 enero 2026.

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    CCOO saluda la entrada en vigor del derecho a jubilación anticipada por trabajos penosos de los bomberos y bomberas forestales

      Tras más de una década de lucha sindical, a partir de mañana, 18 de septiembre, los cerca de 20.000 bomberos y bomberas forestales podrán ejercer este nuevo derecho.

      18/09/2025.
      Bombero forestal

      Bombero forestal

      Tras su aprobación en el Consejo de Ministros de ayer, el Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado hoy el Real Decreto 817/2025, de 16 de septiembre, por el que se modifica el Real Decreto 383/2008, de 14 de marzo, por el que se establece el coeficiente reductor de la edad de jubilación en favor de los bomberos al servicio de las administraciones y organismos públicos, que entrará en vigor mañana.

      Desde CCOO acogemos con satisfacción que, a instancia de las organizaciones sindicales, el Gobierno haya culminado la tramitación de Real Decreto que reconoce el coeficiente reductor de la edad de jubilación a los bomberos forestales y establece la cotización adicional que garantiza la sostenibilidad financiera de la figura.

      Este nuevo derecho es fruto de más de una década de reivindicación sindical que se inició con el fin de mejorar la protección de las personas que trabajan al servicio tanto en la prevención como en la extinción de incendios forestales, mediante un reconocimiento de la penosidad de esta actividad que justifica la anticipación de su edad de jubilación.

      Esta medida tiene su origen jurídico en la Ley 5/2024, de 8 de noviembre, básica de bomberos forestales, que establecía que en el plazo de un año desde la entrada en vigor de esta ley se adoptarían las medidas necesarias para el reconocimiento de todo el tiempo trabajado en la actividad de vigilancia y extinción de incendios forestales para la concesión de los coeficientes reductores.

      Igualmente, desde CCOO valoramos positivamente que se hayan incluido las alegaciones que las organizaciones sindicales hicimos al borrador de Real Decreto ahora publicado.

      Con el fin de agilizar los trámites para conseguir el certificado de empresa que acredite el servicio prestado, dada la precariedad, discontinuidad y, sobre todo, la heterogeneidad de categorías profesionales que a lo largo de la vida laboral se han podido utilizar, pedimos a las administraciones públicas implicadas faciliten esta acreditación y se establezcan mecanismos de coordinación entre Seguridad Social y resto de administraciones públicas.

      Desde CCOO vamos a estar atentos para que la cobertura se extienda al mayor número de personas trabajadoras que han estado en las actividades de extinción como empleados públicos o en empresas vinculadas a las administraciones públicas. Es evidente que algunas empresas no han sido estrictas en el encuadramiento de las personas a su cargo, pero desde el sindicato tenernos claro que dicho incumplimiento no tiene que tener la consecuencia de privar a la persona trabajadora de los beneficios ahora obtenidos. Como sindicato vamos a velar por la máxima cobertura del derecho.

      Por último, desde CCOO hemos de recordar que el derecho a un coeficiente reductor similar también está comprometido para el colectivo de más de 6.000 agentes forestales en la Ley 4/2024, y que, pese a que dicha norma establecía un plazo de tres meses para su puesta en marcha operativa, todavía sigue pendiente.