Comisiones Obreras de Andalucía | 14 julio 2026.

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    CCOO reclama 1.500 euros diarios a Hitachi por incumplir un auto sobre las vacaciones del personal sancionado

      La Sección de lo Social del Tribunal de Instancia Nº 4 de Córdoba dio 10 días a la empresa para cumplir la sanción y dar a los trabajadores afectados las vacaciones, días de libre elección y horas a compensar que les debe. Sin embargo, la firma japonesa está denegando las solicitudes de los trabajadores, que ya están presentando las correspondientes demandas asesorados por CCOO.

      29/06/2026.
      CCOO está asesorando a los trabajadores a los que el juzgado reconoce sus vacaciones.

      CCOO está asesorando a los trabajadores a los que el juzgado reconoce sus vacaciones.

      CCOO ha reclamado a la Sección de lo Social del Tribunal de Instancia Nº 4 de Córdoba que imponga a Hitachi Energy una multa de 1.500 euros diarios por cada día que deje de cumplir el auto sobre las vacaciones del personal que fue sancionado por la empresa en noviembre de 2025.

      El 18 de diciembre de 2025, CCOO y la empresa llegaron a un acuerdo en el que se comprometían a abrir un proceso de negociación entre el 22 de diciembre de 2025 y el 12 de enero de 2026 con al menos cuatro reuniones. Durante ese espacio de tiempo, según establecía el acuerdo, Hitachi suspendía la ejecución de las sanciones que había impuesto a 76 trabajadores que no debían incorporarse a sus puestos de trabajo por decisión de la empresa, que adujo “circunstancias organizativas y productivas”. Sin embargo, la empresa remitió un comunicado a los trabajadores afectados para indicarles que los días en los que no se estaba aplicando la sanción serían compensados con vacaciones, días de libre elección y horas a compensar, en total 14 días.

      La Sección de lo Social del Tribunal de Instancia nº 4 de Córdoba entendió que esos días no tienen que ser compensados. “La no incorporación efectiva de los trabajadores a sus puestos obedeció a una causa no imputable a la voluntad de estos sino a las necesidades de organización de la empresa lo que nos remite a lo dispuesto en el artículo 30 del Estatuto de los trabajadores a cuyo tenor si el trabajador no pudiera prestar sus servicios una vez vigente el contrato porque el empresario se retrasare en darle trabajo por impedimentos imputables al mismo y no al trabajador este conservará el derecho a su salario sin que pueda hacerse recompensar el que perdió con otro trabajo realizado en otro tiempo”, indica el fallo del juzgado.

      De esta forma, y dado que la empresa no ha recurrido el auto del tribunal, los trabajadores afectados tienen derecho a disfrutar de los días de vacaciones, días de libre elección y horas que les hayan sido denegados para compensar los días que no trabajaron por decisión de la empresa.

      El juzgado daba 10 días a Hitachi Energy para dar las vacaciones, los días de libre elección y horas a compensar a los trabajadores afectados, pero, sin embargo, está denegando todas las solicitudes que están realizando los trabajadores. Por ello, los trabajadores afectados ya han comenzado a presentar las correspondientes demandas asesorados por el gabinete jurídico de CCOO.

      El secretario General del Sindicato de Industria de CCOO de Córdoba, Agustín Jiménez, lamenta que “la empresa, en vez de cumplir las sentencias y reconocer los derechos de sus trabajadores y trabajadoras, les obligue a acudir a los tribunales para poder ejercer sus derechos”. “Este tipo de acciones no ayudan en nada a crear el clima de diálogo que permita avanzar en las cuestiones que tenemos pendientes”, afirmó el responsable sindical quien hace un llamamiento a la empresa para “reconducir su actitud y dejar de tomar decisiones que sabe que van a tener consecuencias judiciales y económicas”.

      “Lo único que queremos es llegar a un acuerdo y que la paz social vuelva a la fábrica, pero, desde luego, mientras se sigan vulnerando los derechos laborales de la plantilla CCOO seguirá defendiendo a los trabajadores y trabajadoras”, apostilló el responsable de Industria.