Comisiones Obreras de Andalucía | 19 abril 2024.

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    La Justicia da la razón a CCOO al impugnar los servicios mínimos que estableció el Gobierno andaluz en los centros de menores durante la huelga general del 8M de 2019

      La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, ha dictado sentencia ante el recurso presentado por CCOO de Andalucía contra la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo de la Junta, por los servicios mínimos que esta impuso durante la huelga general del día 8 de marzo de 2019. “La Justicia da la razón a CCOO y sienta un precedente ante el continuo sin sentido al que nos tiene acostumbrados la Administración andaluza, al establecer servicios mínimos abusivos tanto en los citados centros de menores, como en servicios de emergencias o urgencias”.

      23/12/2021.
      Juzgados en Sevilla

      Juzgados en Sevilla

      La Justicia ha dado la razón a CCOO y ha sentenciado que los servicios mínimos establecidos por la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía durante la huelga general del 8 de marzo de 2019 en los centros de menores, fueron desproporcionados.

      La sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla considera que “para no cercenar el derecho a la huelga, y en una adecuada ponderación de los derechos en conflicto, el 100% estimado no parece razonable, ni proporcionado, por lo que se anula la resolución de 5 de marzo de 2019 en los términos dictados en la sentencia, imponiendo igualmente costas a la administración de la Junta de Andalucía”.

      De este modo, el sindicato impugnó unos servicios mínimos que consideraba lesivos del derecho a huelga que recoge el artículo 28.2 de la Constitución Española porque equivalían al 100% del personal que habitualmente presta servicios en un día festivo, eliminando la posibilidad de los trabajadores y trabajadoras de ejercer su legítimo derecho.

      CCOO ha explicado que esta es una sentencia “muy importante porque sienta un precedente ante el continuo sin sentido al que nos tiene acostumbrados la Administración de la Junta de Andalucía al establecer servicios mínimos abusivos tanto en los citados centros de menores, como en servicios de emergencias o urgencias”.

      El sindicato ha dejado claro que “estará vigilante para que no se vuelvan a producir”.