Comisiones Obreras de Andalucía | 19 abril 2024.

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    CCOO pide que se regule el trabajo a distancia: “de lo contrario puede haber pérdida de derechos laborales y una involución en términos de igualdad”

      El sindicato señala que la pandemia ha provocado un aumento “exponencial” del trabajo en el domicilio (trabajo a distancia y teletrabajo) y advierte que esta forma de trabajo puede conllevar una pérdida de derechos laborales en las personas trabajadoras y un retroceso en los avances de igualdad si no se regula correctamente. “Las empresas no pueden sustituir las medidas de conciliación con trabajo a distancia porque el trabajo a distancia no es una medida de conciliación”, argumenta la central. CCOO reivindica que los acuerdos de trabajo en el domicilio sean negociados y firmados con la representación legal de las personas trabajadoras “para cumplir con todo lo exigido”. “Es importante regular y desarrollar el trabajo en el domicilio con garantías para que esta forma de organización del trabajo, beneficie a trabajadores, trabajadoras y empresa y no suponga una nueva forma de precariedad y explotación”.

      03/12/2021.
      Las grandes damnificadas de retroceso en los avances conseguidos en el Acuerdo de 8 de mayo son, en su mayoría, las familias monoparentales sustentadas por mujeres.

      Las grandes damnificadas de retroceso en los avances conseguidos en el Acuerdo de 8 de mayo son, en su mayoría, las familias monoparentales sustentadas por mujeres.

      La secretaria de la Mujer de CCOO de Andalucía, Patricia Laguna, ha desgranado los datos referentes a cómo ha evolucionado el trabajo a distancia con la llegada de la pandemia, momento en el que esta forma de trabajo ha aumentado de manera exponencial, pasando a afectar al 14% de la población asalariada.

      Pasada la fase más dura de la pandemia, los datos indican que el trabajo en el domicilio se está implementando en España y en Andalucía donde en el tercer trimestre de 2021, 184.600 personas asalariadas trabajaron en sus domicilio, -el 52,81% la mayoría de los días y el 47,18% de manera ocasional-.

      Ante esta nueva realidad laboral, la secretaria de la Mujer de CCOO de Andalucía, Patricia Laguna, y la secretaria de Condiciones de Trabajo, Yolanda Carrasco, coinciden al resaltar la “necesidad de regular esta modalidad de trabajo” ya que advierten que el no hacerlo “puede provocar un retroceso de los derechos laborales de las personas trabajadoras, una involución en términos de igualdad e importantes riesgos para la salud y especialmente de carácter psicosocial”.

      Precisamente sobre esta última cuestión Laguna apostilla que “el trabajo en el domicilio no es una medida de conciliación laboral” y exige a las empresas que no pretendan sustituir las medidas de conciliación con el teletrabajo, porque el trabajo a distancia no es una medida de conciliación”.

      El sindicato advierte en este sentido del peligro del trabajo a distancia para las mujeres si no hay una regulación adecuada. “Los datos demuestran que el 54% de las mujeres asalariadas están desarrollando su trabajo en sus domicilios frente al 46% de hombres, lo que indica que son mayoritariamente las mujeres las que se acogen a esta modalidad de trabajo que las devuelve a espacios no visibles, las aísla y ha incrementado la doble jornada de cuidados.

      Las dirigentes sindicales han defendido asimismo que las personas asalariadas que están teletrabajando tienen que tener los mismos derechos que el resto de personas asalariadas que lo hacen presencialmente en los centros de trabajo. Esto es, derecho a la formación; derecho a la promoción profesional; derecho a la dotación suficiente y mantenimiento de medios, equipos y herramientas; derecho al abono y compensación de gastos; derecho al horario flexible; derecho al registro de horario adecuado; aplicación de la normativa preventiva en el trabajo a distancia; evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva; derecho a la intimidad y a la protección de datos; derecho a la desconexión digital y derechos colectivos.

      Para que eso se cumpla, Carrasco señala la voluntariedad por parte de la persona trabajadora y que los acuerdos de trabajo en el domicilio “sean negociados y firmados con la representación legal de las personas trabajadoras”. “Es imprescindible cumplir con todo lo exigido en la Norma y son pocos los acuerdos marcos registrados a día de hoy. Hay un largo camino por recorrer para la normalización en condiciones laborales del trabajo a distancia y teletrabajo”, argumenta.

      En cuanto al perfil de las personas asalariadas que desarrollan su trabajo en sus domicilios, son mayoritariamente mujeres, sectores de información y comunicación, actividades profesionales, científicas y técnicas, y actividades financieras.

      Documentación asociada
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