Comisiones Obreras de Andalucía | 29 marzo 2024.

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    CCOO-A considera que el Real Decreto sobre Igualdad Retributiva es un “salto adelante” para alcanzar la igualdad efectiva en el ámbito laboral

      La entrada en vigor del Real Decretro 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres, fruto del acuerdo entre el Gobierno central, CCOO y UGT el pasado mes de julio de 2020, viene a reforzar el marco legal de la igualdad, y a proveer de herramientas para lograr la igualdad retributiva y atajar la importante brecha salarial que aún padecen las mujeres en España, superior al 24% en Andalucía. En el RD “se refuerzan los principios de transparencia retributiva y de misma retribución a trabajos de igual valor. Se establece que todas las empresas deben tener un registro retributivo de toda su plantilla, al margen de su tamaño, y en él debe ser incluido también el personal directivo y los altos cargos”.

      14/04/2021.
      Trabaajdores y trabajadoras

      Trabaajdores y trabajadoras

      CCOO de Andalucía ha puesto en valor la Norma que regulará desde hoy la igualdad retributiva entre mujeres y hombres, y ha apuntado que se trata de un “paso adelante y un impulso legal para lograr la justicia retributiva en España y en nuestra tierra”. "Se trata de una normativa clave porque nos va a permitir detectar y cuantificar las discriminaciones; y estos diagnósticos precisos y esta transparencia, nos permitirán a las organizaciones sindicales pedir explicaciones y reclamar acciones concretas”.

      El sindicato ha recordado que el Real Decreto 902/2020, es fruto del acuerdo alcanzado entre el Gobierno central y los sindicatos mayoritarios, CCOO y UGT, “y constituye una herramienta esencial para impulsar el logro de la igualdad efectiva en el ámbito laboral, pese a la resistencia inicial de la patronal a avanzar en este sentido”.

      CCOO explica que en este RD “se refuerzan los principios de transparencia retributiva y de misma retribución a trabajos de igual valor. Se establece que todas las empresas deben tener un registro retributivo de toda su plantilla, al margen de su tamaño, y en él debe ser incluido también el personal directivo y los altos cargos”.

      Deberán recogerse en el registro retributivo de cada empresa, siempre desglosados por sexo, la media aritmética y la mediana de lo realmente percibido en cada uno de los conceptos retributivos en cada grupo o categoría profesional, nivel, puesto o cualquier otro sistema de clasificación que se aplique en la empresa. A su vez, esta información deberá estar desagregada en atención a la naturaleza de la retribución, incluyendo salario base, cada uno de los complementos, y cada una de las percepciones extrasalariales, especificando de modo diferenciado cada percepción.

      Para realizar este registro, se pondrá a disposición de las empresas una herramienta voluntaria y gratuita que también ha sido fruto del diálogo social, acordada por el Ministerio de Trabajo, el Ministerio de Igualdad y los agentes sociales.

      Por otra parte, las empresas que deban elaborar un plan de igualdad (a partir de marzo de 2022, todas las de más de 50 personas trabajadoras) estarán obligadas, además de al registro, a hacer una auditoría salarial que compruebe si el sistema retributivo de la empresa, de manera transversal y completa, cumple con la aplicación efectiva del principio de igualdad entre mujeres y hombres en materia de retribución. En este momento, el grupo de trabajo constituido por el Ministerio de Trabajo, el Ministerio de Igualdad y los agentes sociales continúa trabajando en el desarrollo de un método consensuado para la elaboración de dicha auditoría salarial.