Comisiones Obreras de Andalucía | 19 abril 2024.

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    LA HISTÓRICA PLANTA MALAGUEÑA CERRARÁ SUS PUERTAS TRAS EL 15 DE ENERO DE 2021

    Alcanzado un preacuerdo en Coca-Cola Málaga

    • El preacuerdo cuenta con el visto bueno de todas las partes involucradas en la negociación y contempla prejubilaciones para mayores de 55 años, indemnizaciones para quienes decidan extinguir su contrato y recolocaciones en la planta sevillana con ayudas sociales para el traslado

    12/11/2020.
    La planta, que el 7 de noviembre de 2020 cumplió 60 años desde su apertura, cerrará sus puertas el 15 de enero de 2021

    La planta, que el 7 de noviembre de 2020 cumplió 60 años desde su apertura, cerrará sus puertas el 15 de enero de 2021

    Tras un mes de negociaciones en Coca-Cola Málaga, este 12 de noviembre se ha alcanzado un preacuerdo que contiene tres posibilidades para las 78 personas que trabajan en la planta, y que detallamos a continuación:

    • Plan de prejubilaciones: podrán acogerse a él quienes tengan 55 años o más a fecha de 15 de enero de 2021. Para estas personas la empresa garantiza una indemnización bruta por despido. Al cumplir 63 años, podría acogerse a la jubilación anticipada. Además, Coca-Cola garantizará a través del Convenio Especial las cotizaciones necesarias para quienes entonces no tuvieran suficientes años cotizados por causas no imputables a la persona trabajadora.
    • Extinciones indemnizatorias: Podrán acogerse quienes no cuenten con la edad mínima para el plan de prejubilación y no opten por la recolocación en otros centros de trabajo. Estas personas tendrán derecho a una indemnización bruta por despido de 45 días por año de servicio, con un límite de 42 mensualidades, una indemnización líquida adicional y una prima de cierre del centro de trabajo.
    • Medidas sociales de acompañamiento para recolocaciones en el centro de trabajo de Sevilla de Rendelsur u otros centros: Podrán acogerse integrantes de la plantilla menores de 55 años y quienes pudiendo acceder al plan de prejubilaciones optarán por no hacerlo. En este caso tendrán derecho a una indemnización bruta por traslado de 18.000 euros, un permiso retribuido de 5 días consecutivos para la mudanza, y una ayuda a la vivienda de 700 euros brutos mensuales durante 2 años. Se reconocerá la antigüedad al personal trasladado al que se le reconoció la condición de fijo discontinuo. Las personas representantes de los trabajadores conservarán sus garantías en el lugar de destino hasta la fecha de promoción de nuevas elecciones sindicales. Quienes se decidan por el traslado dispondrán de un periodo máximo de 12 meses en el que podría extinguirse el contrato de trabajo acogiéndose a las condiciones del plan de prejubilación o las extinciones indemnizadas, de conformidad al salario y años de servicio, y descontándose el importe de la indemnización por traslado.

    Las personas trabajadoras contarán con 7 días desde la firma definitiva del acuerdo para decantarse por una alternativa.

    El periodo previsto para la aplicación de alguna de estas opciones es como máximo hasta el 15 de enero, de modo que se asegure la realización de todas las tareas necesarias para la finalización de las actividades del centro de trabajo de la fábrica de Málaga, que cerrará sus puertas tras ese día.

    Este preacuerdo cuenta con la conformidad del Comité de Empresa, formado íntegramente por CCOO, y de la representación empresarial.