Comisiones Obreras de Andalucía | 28 marzo 2024.

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    Personal médico del SAS deniega bajas a personas trabajadoras sensibles al COVID19 debido a las directrices del Gobierno andaluz

      Los facultativos y facultativas aducen que “las directrices marcadas por la Junta de Andalucía no se lo permiten”. CCOO ha solicitado a la Consejería de Salud y Familias que corrija esta instrucción “que va en contra de los protocolos del Ministerio de Sanidad” y traslade al personal médico de atención primaria “la necesidad de dar de baja a las personas trabajadoras sensibles cuando estas acuden con informe de los servicios de prevención”

      04/04/2020.
      Es necesario el aumento de personal en el Consultorio de Santa Rosalía

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      CCOO ha denunciado la postura de algunos médicos y médicas de atención primaria del Servicio Andaluz de Salud que están denegando las bajas laborales a personas especialmente sensibles al COVID19, pese a tener estas el informe médico emitido por los responsables de los Servicios Médicos de los Servicios de Prevención de las empresas, donde exponen que “el trabajador o trabajadora cumplen criterios médicos que lo califican como personal especialmente sensible y su patología pudiera verse agravada por el COVD-19, por lo que se recomienda la baja laboral. En base a las recomendaciones dadas por el Ministerio de Sanidad en el Procedimiento de actuación para los SPRL frente a la exposición al nuevo SARS-CoV-2 y la imposibilidad de reubicación se le solicita la baja laboral”.

      Según explica el sindicato, los facultativos y facultativas argumentan para denegar las bajas, que las directrices marcadas por la Junta de Andalucía no se lo permiten. Dichas directrices señalan que “para que el médico de atención primaria pueda proceder a emitir un parte de baja laboral ya sea por aislamiento preventivo o por enfermedad, es preciso que este sea indicado por parte de la Autoridad Sanitaria en Salud Pública y que, en supuestos de las personas que formen parte de grupos de riesgo, es el servicio de prevención de cada empresa el que debe instaurar las medidas pertinentes para la protección de la salud del trabajador. En este supuesto no está indicado el inicio de un proceso de Incapacidad Temporal”

      La Consejería hace especial hincapié ante esta situación, “en la obligación de los médicos de atención primaria de extremar su actuación para la comprobación de los requisitos necesarios, con el fin de evitar la posible responsabilidad en que pudieran incurrir conforme a la legislación vigente”.

      Ante ello, CCOO ha solicitado a la Consejería de Salud y Familias que corrija esta instrucción “que va en contra de los protocolos del Ministerio de Sanidad” y traslade al personal médico de atención primaria “la necesidad de dar de baja a las personas trabajadoras sensibles cuando estas acuden con el informe de los servicios de prevención”.